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Estimados amigos, antes de nada, felicitarles por su hijo; y pasamos a responder su consulta.
Decirle que al nacer su hijo en España tendrá posibilidad de solcitarle la nacionalidad por presunción o bien solicitarle la nacionalidad argentina a través del Consulado de Argentina en España y posteriormente, solicitar la nacionalidad española después de un año de residencia legal en España del menor.
Normalmente se opta por la primera vía, es decir, solicitar la nacionalidad por presunción, al carecer el menor de nacionalidad. Ésta se solicitará ante el Registro Civil del lugar de empadronamiento familiar, y tendrá que adjuntar el certificado de nacimiento y certificado de no incripción consular del menor, así como certificado de inscripción consular de los padres y pasaporte y residencia de los padres. Es un trámite sencillo.
Una vez conseguida la nacionalidad española el menor, podrán solicitarle también la nacionalidad argentina a través de la inscripción del menor en el Consulado correspondiente y dado que sus padres son argentinos.
Para cualquier otra aclaración o necesidad de trámite, nos tienen a su disposíción en Plaza de Callao, 1, 2º7 de Madrid. Tlf. 65198548 y 915216295
Un cordial saludo.
Equipo ajintem
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